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Papeleta de conciliación en Barcelona: cómo funciona

La papeleta de conciliación es el escrito con el que pides un intento de acuerdo con la empresa antes de demandarla, obligatorio en despidos y reclamaciones de cantidad (art. 63 LRJS). En Barcelona se presenta, sin tasas, ante el Servei de Conciliacions de la Generalitat, y suspende el plazo de 20 días hábiles para impugnar un despido.

Actualizada el 18 de octubre de 2026 · 10 min de lectura · Zamora Abogados Laboralistas

En pocas palabras

Lo esencial sobre la papeleta de conciliación

  • Obligatoria antes de demandar en despidos, sanciones y reclamaciones de cantidad (art. 63 LRJS).
  • Dónde, en Barcelona: en el Servei de Conciliacions de los Serveis Territorials d'Empresa i Treball, de la Generalitat. Es gratuita.
  • Frena el plazo: suspende la caducidad (los 20 días hábiles del despido) e interrumpe la prescripción (el año para reclamar cantidades).
  • Cuándo es el acto: unos 15 días hábiles después de presentarla; en despidos con acuerdo previo, desde 24 horas.
  • Si hay acuerdo, el acta se ejecuta en el juzgado como una sentencia; si no, presentas la demanda en los días de plazo que te queden.
Qué es

¿Qué es la papeleta de conciliación y para qué sirve?

Es la solicitud con la que pides que se cite a la empresa a un acto de conciliación: una comparecencia ante un conciliador de la Administración para intentar cerrar el conflicto sin juicio. Es un requisito previo para demandar (art. 63 LRJS). Si demandas sin haberla presentado, el juzgado te pedirá que lo acredites y, si no lo haces, archivará la demanda.

Se usa en la mayoría de conflictos individuales: despidos, sanciones, salarios impagados, finiquitos o extinciones por impago (art. 50 ET).

Cuándo no hace falta

El art. 64 LRJS exime de este trámite, entre otros, a los procesos de Seguridad Social, vacaciones, tutela de derechos fundamentales, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, ERTE y conciliación de la vida familiar. En esos casos se demanda directamente. En un despido, presenta siempre la papeleta, aunque alegues que vulnera tus derechos fundamentales.

Qué efecto tiene sobre los plazos

Presentarla suspende la caducidad e interrumpe la prescripción (art. 65 LRJS, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2025):

  • Despidos y sanciones (20 días hábiles): el reloj se para el día en que presentas la papeleta. Se reanuda al día siguiente del acto o, si no se ha celebrado, cuando pasan 15 días hábiles desde la presentación.
  • Reclamaciones de cantidad (1 año): la papeleta interrumpe la prescripción.
  • Límite de 30 días hábiles: si pasan sin que se celebre el acto, el trámite se da por cumplido y puedes demandar.
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Los 15 días hábiles no obligan a celebrar el acto
La ley no exige que el acto se celebre en 15 días hábiles: ese es el momento en que el plazo vuelve a correr si aún no se ha celebrado. Si el acto se fija más tarde, quizá tengas que presentar la demanda antes, adjuntando copia de la papeleta.
En Barcelona

¿Dónde se presenta la papeleta de conciliación en Barcelona?

En Cataluña, las conciliaciones laborales las gestiona la Generalitat a través del Departament d'Empresa i Treball. En Barcelona, la papeleta se dirige al Servei de Conciliacions dels Serveis Territorials d'Empresa i Treball a Barcelona. El trámite se llama "Conciliacions administratives (prèvies a la via judicial laboral)"; en castellano, "Conciliaciones administrativas (previas a la vía judicial laboral)".

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En Cataluña no se llama SMAC
SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) es el nombre que se usa en otras comunidades autónomas. Si buscas el "SMAC de Barcelona", lo que necesitas es el Servei de Conciliacions de la Generalitat.

Cómo presentarla

  • Por internet, en el Portal de Conciliacions: es la vía obligatoria para abogados, graduados sociales, autónomos y empresas. Exige un certificado digital de nivel 3 reconocido por el CATCERT.
  • En persona, con cita previa: es la vía habitual si la presentas tú como trabajador. La ficha oficial en catalán la señala como la única para particulares, aunque la versión en castellano menciona también la firma electrónica; confírmalo al pedir cita.
  • Sin tasas: el trámite es gratuito.

En persona, el formato es libre, aunque existe un modelo en el Portal. Guarda tu copia sellada: acredita la fecha de presentación, que es la que suspende el plazo.

Procedimiento ordinario o rápido

El procedimiento rápido solo tiene sentido si el acuerdo ya está cerrado; no sirve para negociar desde cero.

Contenido

¿Qué hay que poner en la papeleta de conciliación?

No hace falta citar artículos ni escribir como un abogado, pero sí ser completo: lo que pongas marca el pleito posterior. Por regla general, en la demanda no podrás alegar hechos sustancialmente distintos de los que planteaste en la conciliación.

  • Tus datos: nombre, DNI o NIE, domicilio y un teléfono o correo. Si vas sin abogado, la ley te pide un medio de contacto para las notificaciones (art. 66.1 LRJS).
  • Datos de la empresa: razón social, NIF y domicilio correcto (compruébalo en la nómina). Si hay varias implicadas, como un grupo, una contrata o una ETT, inclúyelas todas.
  • Tu relación laboral: categoría, centro de trabajo, fecha de antigüedad, salario bruto con la prorrata de pagas extra y convenio aplicable.
  • Los hechos: cuándo te despidieron o sancionaron, cómo te lo comunicaron y qué motivos alegó la empresa. Si hay carta, adjunta copia.
  • Lo que pides: que el despido se declare improcedente o nulo, con readmisión o indemnización, o el pago de cantidades concretas.
  • La cuantía, desglosada: salarios pendientes por meses, pagas extra, vacaciones no disfrutadas, horas extra.
  • Fecha y firma.

Si además te deben el finiquito, puedes reclamarlo en la misma papeleta; repasa qué conceptos incluye en la guía del finiquito y la liquidación. Y si hubo carta, la guía para revisar la carta de despido te ayuda a detectar defectos que conviene señalar.

El acto

¿Cómo es el acto de conciliación y qué puede pasar?

Es una comparecencia breve ante un letrado o letrada conciliadora del Servei de Conciliacions. No es un juicio: no hay juez, no se practican pruebas y nadie decide quién tiene razón. El conciliador comprueba quién comparece, pregunta si hay acuerdo y lo refleja en un acta.

La asistencia es obligatoria para las dos partes (art. 66.1 LRJS). Puedes ir solo, con abogado o designar hasta tres representantes. Por la empresa suele acudir un abogado o un apoderado con poder notarial.

Preparación

¿Qué conviene hacer antes de ir al acto de conciliación?

En el acto la empresa suele hacer su oferta. Llega con los números hechos:

  1. Calcula lo que te corresponde. En un despido improcedente son 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades, y 45 días por año para el tiempo anterior al 12-02-2012. Puedes estimarlo con la calculadora de indemnización por despido.
  2. Valora la solidez de tu caso. Una carta con hechos vagos, sin audiencia previa o con faltas prescritas da margen para negociar. Lo explicamos en la guía del despido disciplinario.
  3. No aceptes a la baja sin asesorarte. Una oferta inferior a la legal puede compensar si las pruebas de la empresa son sólidas, pero decídelo con datos.
  4. Que el acta mantenga el despido. Si el acuerdo se redacta como baja voluntaria o extinción de mutuo acuerdo, pierdes el derecho al paro.
  5. Cuidado con las renuncias. El acuerdo solo puede anularse por causas que invalidan los contratos, como el error o la intimidación (art. 67 LRJS). Si incluye "nada más que reclamar" o "saldo y finiquito", comprueba que recoge todo lo pendiente: finiquito, vacaciones, horas extra y pagas.
  6. Concreta el pago. Importe bruto o neto, fecha y forma de pago. Si es a plazos, que el acta fije cada vencimiento.
  7. Piensa en la solvencia de la empresa. Según la interpretación más extendida, el FOGASA no cubre las indemnizaciones pactadas solo en una conciliación administrativa. Si la empresa puede acabar siendo insolvente, revisa la guía sobre qué paga el FOGASA.
Plazos

¿Cómo se cuentan los plazos y cuándo hay que demandar?

Los 20 días hábiles para impugnar un despido empiezan el día siguiente a la fecha de efectos. No cuentan sábados, domingos ni festivos; agosto, por regla general, sí cuenta en los despidos. El ejemplo usa fechas de 2026 sin festivos de por medio.

Ejemplo: despido con efectos del viernes 6 de febrero de 2026
Día 1 del plazo: lunes 9 de febrero
Papeleta presentada el miércoles 18 de febrero: día 8 (contamos el propio día de presentación, que es el criterio prudente)
Días que quedan: 20 − 8 = 12 días hábiles
Acto sin avenencia el jueves 5 de marzo: el plazo se reanuda el viernes 6 de marzo (día 9)
Días 9 a 20: del viernes 6 al lunes 23 de marzo, de lunes a viernes
Último día para presentar la demanda: lunes 23 de marzo de 2026
Si el acto no se hubiera celebrado en los 15 días hábiles siguientes a la papeleta (hasta el miércoles 11 de marzo), el plazo se habría reanudado el jueves 12 y vencería el viernes 27 de marzo, aunque el acto siguiera pendiente.

Presenta la papeleta cuanto antes y prepara la demanda sin esperar al acto. Si dudas de la fecha de efectos, por ejemplo porque te dieron de baja antes de entregarte la carta, toma la más temprana.

Si no hay acuerdo: la demanda

Con el certificado del acta presentas la demanda ante los Juzgados de lo Social de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia, dentro de los días que te queden. Debe coincidir en lo sustancial con la papeleta. El día del juicio, antes de empezar, hay un segundo intento de conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia.

Si estás en esta situación, en nuestro servicio de abogados de despidos en Barcelona calculamos lo que te corresponde, presentamos la papeleta por el Portal de Conciliacions, te acompañamos al acto y, si no hay acuerdo, preparamos la demanda.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la papeleta de conciliación

¿Necesito abogado para presentar la papeleta y acudir al acto?

No es obligatorio: puedes presentarla en persona y acudir solo. Aun así, en el acto la empresa suele hacer su oferta, y lo que firmes tiene fuerza ejecutiva y es muy difícil de deshacer. El asesoramiento te ayuda a saber si la cifra es razonable y a que el acta recoja todo lo pendiente.

¿Qué pasa si la empresa no se presenta al acto de conciliación?

La conciliación se tiene por intentada sin efecto y puedes presentar la demanda. La ausencia sin causa justificada le puede salir cara a la empresa: si la sentencia coincide en lo esencial con lo que pedías en la papeleta, el juez le impondrá las costas, incluidos los honorarios de tu abogado hasta 600 €.

¿Cuánto se tarda en celebrar el acto de conciliación en Barcelona?

En el procedimiento ordinario, el acto suele fijarse unos 15 días hábiles después de la presentación, para dar tiempo a citar a la empresa. En despidos con un acuerdo ya previsto, el procedimiento rápido permite celebrarlo desde las 24 horas. Si pasan 30 días hábiles sin acto, el trámite se considera cumplido.

¿Y si la empresa no paga lo acordado en la conciliación?

El acta con avenencia es un título ejecutivo (art. 68 LRJS). No necesitas un nuevo juicio: pides la ejecución directamente al Juzgado de lo Social, que puede embargar bienes y cuentas de la empresa. Por eso conviene que el acta recoja importes y fechas de pago concretos, y no fórmulas genéricas.

¿Puedo cobrar el paro mientras espero la conciliación?

Sí. El despido es situación legal de desempleo desde el primer día, así que pide la prestación en los 15 días hábiles siguientes, sin esperar al acto. Reclamar el despido no impide cobrarla. Solo vigila que un eventual acuerdo no se redacte como baja voluntaria o mutuo acuerdo, porque esas fórmulas no dan derecho a paro.

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Información general sobre la normativa vigente a 18 de octubre de 2026. No sustituye el análisis de tu caso: los plazos y las cuantías dependen de tus circunstancias y de tu convenio colectivo.

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